El escudo de papel: Seis años después de la pandemia, la deuda con las mujeres sigue vigente

Esta es una reflexión crítica sobre la fragilidad de las garantías legales frente a la violencia de género. El texto analiza cómo, mirando desde este 2026 hacia la crisis del 2020, las medidas de protección han sido más un trámite burocrático que un escudo real, denunciando la persistente desconexión institucional que sigue dejando a las mujeres en un estado de indefensión.

ARTÍCULO DE OPINIÓN

Jeyson Guevara

5/12/20242 min read

La deuda con las mujeres sigue vigente

En este 2026, la crisis sanitaria de inicios de la década parece un capítulo cerrado, pero sus cicatrices sociales siguen abiertas. El 2020 no solo fue el año del confinamiento; fue el año en que el Estado peruano evidenció las grietas de un sistema de justicia que dejó a miles de mujeres a merced de sus verdosos en el ámbito más íntimo: su propio hogar (1).

La narrativa oficial de "quedarse en casa" ignoró que, para muchas, el aislamiento y la presión económica eran combustibles para una violencia latente. En respuesta, el Estado promulgó el Decreto Legislativo N° 1470 (2), buscando mitigar los riesgos de integridad física y psicológica. Sin embargo, los reportes de aquel periodo fueron brutales: hasta mayo de 2021 se contabilizaron 28,000 casos de violencia de género (3), demostrando que el virus no era la única amenaza letal.

La ineficacia del "Papel"

A pesar de contar con la Ley 30364 (4) y marcos previos como la Ley 26260 (5), la operatividad de las medidas de protección ha sido históricamente deficiente. Estudios de la prepandemia ya advertían la gravedad del daño físico: desde empujones y sacudidas (29.7%) hasta heridas con objetos y arrastres (11%) (6). Seis años después, el problema de fondo persiste: la falta de monitoreo real.

Las medidas dictadas por los Jueces de Familia a menudo chocan con una Policía Nacional (PNP) que carece de coordinación y recursos para diligencias de oficio (4). Esta desconexión convierte a la protección en una formalidad burocrática. Sin una evaluación psicológica consistente y certificados médicos alineados a los protocolos de Medicina Forense, el destino de las denuncias suele ser el archivamiento, alimentando el ciclo que culmina en el feminicidio (1).

Lecciones no aprendidas

Mirando atrás, las restricciones del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM (7) limitaron el acceso a la tutela jurisdiccional efectiva. Hoy, en 2026, no podemos permitir que la burocracia siga siendo cómplice del agresor. La justicia que no se monitorea y que llega tarde, simplemente no es justicia. Es hora de que las medidas de protección dejen de ser un "escudo de papel" para convertirse en una garantía real de vida.

Referencias Bibliográficas

Defensoría del Pueblo. Reporte de violencia contra las mujeres en el contexto de la pandemia por COVID-19. Lima: Defensoría del Pueblo; 2020.

Perú. Decreto Legislativo N° 1470, que establece medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar durante la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19. Diario Oficial El Peruano, 23 de abril de 2020.

Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la PUCP (IDEHPUCP). Violencia de género contra mujeres en tiempos de Covid-19. Lima: PUCP; 2021.

Perú. Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Diario Oficial El Peruano, 23 de noviembre de 2015.

Perú. Ley N° 26260, Ley de Protección frente a la Violencia Familiar. Diario Oficial El Peruano, 24 de diciembre de 1993.

Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (Coprosec). Diagnóstico de seguridad ciudadana y violencia familiar. Informe estadístico. 2019.

Perú. Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Diario Oficial El Peruano, 15 de marzo de 2020.